Martes, 02 Junio 2015 11:00

Declaraciones de salud en complementos alimenticios

La regulación específica de las declaraciones de propiedades saludables para los complementos alimenticios sigue esperando turno ante las administraciones nacionales y europeas. Una regulación que debería incluir estas declaraciones dentro de la normativa específica de los complementos alimenticios y que las haga obligatorias para esta categoría de productos.

Cada vez más, los alimentos presentan en su etiquetado declaraciones de propiedades nutricionales y de salud. Las declaraciones de propiedades nutricionales hacen referencia a ciertos beneficios como “bajo en grasas”, “sin azúcar añadidos” o “alto contenido en fibra”.

Las declaraciones de propiedades saludables -que pueden estar tanto en las etiquetas o publicidad- afirman que se pueden obtener ciertos beneficios saludables como resultado de consumir un determinado nutriente. Por ejemplo, que un alimento puede ayudar a reforzar las defensas del cuerpo o mejorar la capacidad de aprendizaje.

En diciembre de 2006, la Unión Europea publicó el Reglamento 1924/2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos, que establecía normas armonizadas en toda la UE para el uso de declaraciones de propiedades saludables o nutricionales sobre los perfiles nutricionales de los alimentos. Uno de los objetivos clave de este Reglamento fue garantizar que cualquier declaración contenida en la etiqueta de un  alimento esté justificada con pruebas científicas.

La European Food Safety Authority (EFSA) es la agencia responsable de verificar el fundamento científico de las declaraciones presentadas, información que sirve de base para la Comisión Europea para decidir si autorizará o no estas solicitudes.

De las más de 44.000 declaraciones de propiedades saludables presentadas por los estados miembro, sólo 255 han sido autorizadas tras la evaluación de la Comisión Europea, publicada en el Reglamento 432/2012. En este contexto, la regulación específica de las declaraciones de propiedades saludables para los complementos alimenticios sigue esperando turno ante las administraciones nacionales y europeas. De momento, los claims para complementos alimenticios son los mismos que para el resto de alimentos de consumo corriente y se la considera información voluntaria hacia el consumidor. Pero sería más adecuado informar de manera obligatoria al consumidor de cuál es esa función nutricional o fisiológica en el etiquetado del producto que va a consumir. Otros estados europeos, como Italia, cuentan con criterios más exigentes en esta materia.

En cuanto al uso de ingredientes vegetales en complementos alimenticios, 500 declaraciones de propiedades saludables han sido evaluadas mientras otras 1.500 siguen esperando un criterio de evaluación científico a nivel europeo. Ante el estancamiento de esta situación, que se prolonga desde hace años, Bélgica, Francia e Italia (bajo el proyecto BELFRIT) han consensuado, bajo criterios científicos, una lista de ingredientes vegetales para su uso en complementos alimenticios  esperando la adhesión de otros estados miembro. Este es un primer paso para continuar trabajando sobre cuestiones de calidad y etiquetado obligatorio. Esperamos que las administraciones europeas sigan el ejemplo.

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