Elementos filtrados por fecha: Enero 2022

¿Qué tendencias e ingredientes debemos tener en cuenta para este 2022?

Este fue el tema central de la presentación de Mintel, la firma británica de investigación de mercados, durante la última edición del Vitafoods Europe, que tuvo lugar del 4 al 8 de octubre en un formato híbrido presencial y virtual. La salud inmunológica, ocular e intestinal, así como el bienestar mental, el envejecimiento saludable y la sostenibilidad, son algunas de las tendencias destacadas.

La sesión, que tendrá lugar el próximo lunes 24 de enero, se ha organizado ante las numerosas consultas y dudas recibidas por parte de las empresas asociadas a Afepadi sobre la entrada en vigor del Reglamento que prohíbe el uso del dióxido de titanio como aditivo alimentario.

La Comisión Europea publica el Reglamento por el que prohíbe el uso del dióxido de titanio como aditivo alimentario

Fruto del trabajo de entidades implicadas en el sector de los complementos alimenticios, entre ellas Afepadi, se ha establecido un periodo transitorio de 6 meses durante los cuales sí se pueden producir productos con E171 y comercializarlos. Una vez finalizado este periodo transitorio, solo podrán permanecer en el mercado los productos que hayan sido comercializados antes de la entrada en vigor del nuevo Reglamento y hasta el final de su vida útil.

La asociación internacional de complementos alimenticios marca unos principios de sostenibilidad para el sector

Se trata de la primera iniciativa del sector de los complementos alimenticios en materia de sostenibilidad y pretende contribuir al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Estos proponen un total de 17 objetivos globales enfocados a un mundo más sostenible, acordados en 2015 por la Asamblea General de las Naciones Unidas y que se espera alcanzar en 2030.

La alianza europea de nutrición deportiva pide excluir del etiquetado de la UE los alimentos destinados a deportistas

Tal y como afirma la European Specialist Sport Nutrition Alliance (ESSNA), la Comisión Europea (CE) debe considerar que los productos destinados a deportistas no pueden tratarse como alimentos de uso corriente, ya que están formulados y preparados con niveles más altos de ciertos nutrientes para satisfacer las necesidades específicas de las personas que realizan tanto ejercicio de alta intensidad como otras formas de actividad física.

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